En el término de 120 días, a contar de la fecha de la promulgación de esta ley, se realizará una clasificación de categorías y de grados tomando en cuenta la función que realicen, de todos los funcionarios comprendidos en los servicios que se rigen por esta ley.
La ordenación presupuestal resultante, tendrá vigencia a partir del día
en que se produzca la fusión efectiva de los dos servicios actuales (ex Compañía de Aguas Corrientes y Dirección de Saneamiento). (*)