En el término de 30 días, a partir de la fecha de la promulgación de esta ley, la Corte Electoral reglamentará todo lo pertinente al acto
electoral, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26, y a los 30 días
de dictada la reglamentación, se realizarán las elecciones de delegados del personal administrativo y obrero, para integrar la Comisión Asesora de
Promociones, Faltas y Seguridad Industrial.
De inmediato al escrutinio y proclamación, se dará posesión a los que
resultaran electos, y durarán en sus cargos hasta el día 31 de enero de 1954.