CONTADURIA GENERAL DE LA NACION. NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. AMPLIACION




Promulgación: 27/03/1953
Publicación: 06/04/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 327
Referencias a toda la norma

2ª PARTE
REAJUSTE ADMINISTRATIVO
I - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 49

   El personal de asimilados de tropa que pasa a tener estado militar
gozará además de las asignaciones de su grado, de las siguientes 
compensaciones sujetas a montepío y acumulables al haber de retiro.
   Sargentos 1º, $ 75.00 mensuales.
   Sargentos, $ 65.00 mensuales.
   Cabos $ 55.00 mensuales.

   Por antigüedad total de servicios, Sargentos 1º, Sargentos y Cabos:
      A los 10 años........$25.00 mensuales
      A los 15 años........"30.00 mensuales
      A los 20 años........"40.00 mensuales
      A los 25 años........"45.00 mensuales
      A los 30 años (máximo)"50.00 mensuales

   Iguales compensaciones gozarán los especialistas de la Aeronáutica  Militar que ingresen a esta categoría.
   Los asimilados de tropa a los que por esta ley se otorga estado militar, serán incluidos en los efectivos de personal de tropa con clasificación de especialista.
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