2ª PARTE
REAJUSTE ADMINISTRATIVO I - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 61
Estos preceptos derogan y sustituyen todas las demás disposiciones
vigentes en la misma materia, generales o especiales, aplicables a los
militares y marinos en actividad o retiro, incluso los artículos 137 a 141, inclusive, de la ley Nº 10.808 de 16 de octubre de 1946.