Créase una Comisión Especial Honoraria que asesorará al Directorio de
la Caja en lo relativo a los servicios prestados por los afiliados, que
durará dos años en el ejercicio de sus funciones y se compondrá de tres
miembros: un representante del Ministerio de Instrucción Pública y
Previsión Social, que la presidirá; un delegado de la Sociedad Uruguaya
de Actores (S.U.A.) y otro de la Casa de Teatro. Dichos integrantes de
la Comisión podrán ser reelectos por dos períodos consecutivos.(*)