COMPUTO DE SERVICIOS A EFECTOS JUBILATORIOS




Promulgación: 27/11/1953
Publicación: 11/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1600
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Auméntase en uno y medio por ciento (1 1/2%) el aporte patronal, y en 
uno y medio por ciento (1 1/2%) el aporte obrero, establecidos por el 
inciso B) del artículo 35 de la ley N° 10.562, sustituído por el artículo 
6° de la ley N° 10.891.
   Estos recursos serán destinados al cumplimiento de las exigencias 
financieras de esta ley.
Referencias al artículo
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