La Comisión Honoraria de Hemoterapia, será secundada en sus funciones
por las Comisiones Asesoras Departamentales y locales.
Las Comisiones Departamentales estarán constituidas por:
1 Delegado del Ministerio de Salud Pública, que la presidirá.
El Director del Centro Departamental de Salud Pública.
1 Delegado de la Cruz Roja Uruguaya.
1 Delegado de la Defensa Pasiva.
1 Delegado del Ministerio de Instrucción Pública y Previsión
Social.
1 Delegado de la Sociedades Residentes.
Las Comisiones locales se constituirán en las ciudades, o pueblos,
que, no siendo Capital de Departamento, tengan servicios hospitalarios.
Estarán integradas con el Director del Servicio de Salud Pública,
que las presidirá, y por:
2 Médicos designados por el Ministerio de Salud Pública.
El Delegado de la Cruz Roja Uruguaya, y
1 Delegado de la Defensa Pasiva.
Su integración se hará de acuerdo con las posibilidades existentes
en cada zona.
Las Sociedades Médicas (o de los médicos) tendrán sus relaciones con
el Comité Ejecutivo, por intermedio de su Presidente.