Este Comité Ejecutivo funcionará conjuntamente con una Comisión
Honoraria Nacional, que tendrá funciones de Asesora y de Control,
integrada por:
1 Presidente, representante del Ministerio de Salud Pública,
designado por el Poder Ejecutivo.
3 Jefes de Servicio de Hemoterapia de Hospitales de Salud Pública.
1 Delegado de la Sociedad Médica Quirúrgica del Interior de la
República.
1 Delegado de la Academia de Cirugía.
1 Delegado de la Sociedad Uruguaya de Pediatría.
1 Delegado del Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social.
1 Delegado del Ministerio del Interior.
1 Delegado del Ministerio de Defensa Nacional.
1 Delegado del Consejo del Niño.
1 Delegado de la Facultad de Medicina.
1 Delegado de la Facultad de Química y Farmacia.
1 Delegado de la Federación de las Sociedades Mutualistas.
1 Delegado de los Sanatorios Particulares.
1 Delegado del Banco de Seguros del Estado.
1 Delegado de la Cruz Roja Uruguaya.
1 Delegado de la Defensa Pasiva, y
1 Delegado del Gobierno Departamental de Montevideo.
Los integrantes del Comité Ejecutivo podrán asistir a las reuniones
de la Comisión Honoraria Nacional, pero no tendrán voto. Los miembros de
ambas Comisiones durarán cuatro años en sus funciones, pudiendo ser
reelectos.