SERVICIO NACIONAL DE SANGRE. CREACION




Promulgación: 04/12/1953
Publicación: 21/01/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1680
Reglamentada por: Decreto Nº 392/979 de 05/07/1979.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El Comité Ejecutivo tendrá a su cargo:

A) La administración de los Organismos técnicos y administrativos de 
   su dependencia.
B) Asegurar la normal provisión de sangre, plasma, sus derivados y 
   subproductos de utilización médica, sueros tipos, sueros RH., 
   substancias especiales y demás elementos vinculados a la terapia por 
   sangre.
C) La organización de los equipos técnicos necesarios y la adquisición
   y cuidado del instrumental necesario, para proveer las necesidades 
   normales de la población del país en tiempos de paz y en los estados
   de emergencia.
D) Proponer a la Comisión Honoraria Nacional todos los problemas que 
   plantea su funcionamiento, así como la supervisión y fiscalización 
   de los institutos particulares que se dediquen a la hemoterapia, 
   proponiendo su reglamentación, la que será aprobada por el Consejo 
   Nacional de Gobierno.
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