La Comisión Honoraria Nacional tendrá como cometido especial controlar
las funciones del Comité Ejecutivo en lo técnico y administrativo, de
acuerdo con las normas legales vigentes.
Le corresponderá, además:
A) Formular su anteproyecto de presupuesto de gastos y sueldos.
B) Adoptar las providencias necesarias para la correcta asistencia
hemoterápica, asegurando la donación voluntaria de la sangre, su
uso y la formación de reservas, propender por todos los medios a su
alcance a desarrollar el sentido de cooperación de asistencia de los
ciudadanos en la formación de los bancos de sangre y plasmas.
Promoverá a tal fin la protección y el perfeccionamiento de los
Organismos públicos y privados, estimulando la investigación. Procurará
que la obtención y entrega de la sangre se realice en forma gratuita,
impidiendo toda actividad comercializada para el logro de ese fin.
Organizará y dirigirá la propaganda y la educación de los ciudadanos
a los fines de esta ley.