PRESUPUESTO. MODIFICACION




Promulgación: 11/12/1953
Publicación: 31/12/1953
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1953
  •    Página: 1710
Referencias a toda la norma

Artículo 48

   Lo dispuesto en los artículos 45, 46 y 47, en lo pertinente,
regirá también para los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 49.
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