El importe de los préstamos podrá alcanzar hasta el total del valor
real del inmueble y mejoras según tasación del Banco Hipotecario del
Uruguay hasta un máximo de $ 200.000.00 (doscientos mil pesos) más el
importe de los gastos de escrituración, tasación y contralor. (*)
Será limitado, sin embargo, de manera que la afectación del
sueldo o jubilación del beneficiario no exceda del 35 % por concepto del
servicio de intereses, amortización, prima del seguro de vida y comisión
del Banco Hipotecario del Uruguay, en su caso.