De iguales franquicias y facilidades gozarán los buques nacionales
afectados al gran cabotaje, sirviendo el transporte en un mismo viaje
entre puertos uruguayos, argentinos y brasileños, siempre que la carga
con destino a nuestros puertos o exportada desde éstos, equivalga a la
mitad de la misma en peso o en volumen, a juicio de la autoridad competente.