LEY DE ARRENDAMIENTOS RURALES. MODIFICACION




Promulgación: 02/07/1954
Publicación: 19/07/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 561

Artículo 3

   El plazo para la entrega del predio en los casos del artículo
precedente, así como, en todas las situaciones de restitución o desalojo
que establece la ley de 27 de abril de 1954 se computará a partir del
día siguiente a la fecha de la correspondiente intimación.
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