FRIGORIFICO NACIONAL. RECURSOS




Promulgación: 06/07/1954
Publicación: 17/07/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 565
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   De acuerdo con los costos resultantes del artículo anterior, el
Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios modificará
proporcionalmente, en el Departamento de Montevideo, las tarifas de venta
de carne al público. A tal efecto, dicho Consejo podrá fiscalizar la
determinación de costos que establezca el Frigorífico Nacional.
Referencias al artículo
Ayuda