OTORGAMIENTO DE SUBVENCION




Promulgación: 07/07/1954
Publicación: 20/07/1954
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1954
  •    Página: 593

Artículo 3

   La institución beneficiaria deberá rendir cuenta de la suma votada y
en caso de producirse sobrante, el mismo será entregado al Consejo
Nacional de Enseñanza Primaria y Normal con destino a la adquisición de
útiles y mobiliario escolar.
Ayuda