VER: Decreto Ley Nº 15.282 de 28/05/1982 artículo 1 (derogación de las contribuciones al Fondo de Retiro).
El Consejo Honorario de la Caja de Jubilaciones Bancarias proyectará la reglamentación de la presente ley y la elevará al Poder Ejecutivo para su promulgación.