No es necesario el aviso de movilización ni el permiso de entrada o de tránsito en la zona de aduana o de frontera; en los casos en que, según el Código Rural, no existe obligación de llevar certificado-guías, y cuando se trate de los repuestos de animales de montar de los conductores accidentales o troperos de oficio, necesarios para el cumplimiento de las respectivas operaciones.