RETENCION DE SUELDOS A LOS FUNCIONARIOS AFILIADOS A LA COOPERATIVA DE CONSUMOS DE FUNCIONARIOS DE MTOP




Promulgación: 14/09/1955
Publicación: 07/10/1955
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1955
  •    Página: 901

Artículo 3

   Ningún afiliado podrá operar simultáneamente sobre el mismo rubro en dos instituciones que gocen de los beneficios similares acordados por 
esta ley.


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
Ayuda