EMISION DE DEUDA PUBLICA DENOMINADA "FOMENTO GANADERO"




Promulgación: 28/10/1955
Publicación: 16/11/1955
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1955
  •    Página: 1031
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir una Deuda Pública que se 
denominará "Fomento Ganadero" hasta la suma de dieciocho millones de 
pesos (pesos 18:000.000.00) valor nominal, para dar cumplimiento a la finalidad de esta ley. Dichos títulos para cuya adquisición se dará preferencia a las instituciones bancarias, gozarán de un interés de cinco por ciento anual (5 %) y el uno por ciento (1 %) de amortización anual acumulativa y su producido se depositará en el Banco de la República en una cuenta especial denominada "Fomento Ganadero".


BATLLE BERRES - RAMON F. BADO - ARMANDO R. MALET
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