EMISION DE DEUDA PUBLICA DENOMINADA "FOMENTO GANADERO"




Promulgación: 28/10/1955
Publicación: 16/11/1955
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1955
  •    Página: 1031
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   El Poder Ejecutivo podrá invertir los recursos autorizados por el 
artículo 1° en la siguiente forma:

A) Para estímulo compensatorio de producción
   de ganado especial, destinado al abasto 
   del Departamento de Montevideo, según 
   reglamente el Poder Ejecutivo . . . . . . . . . . . . . . .$ 3:000.000
     La carne que se obtenga de este tipo 
   de ganado se comercializará por el Frigorífico 
   Nacional sin las restricciones de ganancias y 
   de fijación de precios que establecen los 
   artículos 3° y 4° de la ley de 6 de julio de 1954.
     El producido de ese fondo permanente de 
   comercialización, lo contabilizará el Frigorífico
   Nacional por separado del capital de giro 
   constituído de acuerdo al artículo 6° de la ley 
   citada.
     De este rubro se tomará lo necesario para 
   pagar el subsidio establecido, compensatorio de 
   la producción de ganado de invierno.

B) Para el pago de adicionales a la exportación 
   de conservas elaboradas por aplicación de carnes 
   en existencia en cámaras frigoríficas  . . . . .         " 2:500.000
     Si tal aplicación se hiciera utilizando 
   carnes que tienen régimen de adicionales previstos 
   para su exportación, el Estado sólo liquidará los 
   que correspondan a la conserva resultante.

C) Para la exportación de hasta 20:000.000 de 
   kilogramos de carne ovina congelada, con un 
   adicional básico de $ 0.33 por kilo, el que se 
   liquidará en más o en menos según los precios 
   de venta que se obtengan, y hasta un límite de. . .      " 6:600.000

D) Para financiar un mayor volumen de exportación
   de carnes congeladas y conservas sobre las cuotas
   autorizadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . .        " 2:100.000

E) Para financiar las erogaciones dispuestas por la 
   ley de 16 de agosto de 1955 . . . . . . . . . . .        "   800.000

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