FIJACION DE HORARIO DE FUNCIONAMIENTO PARA FLORERIAS. MONTEVIDEO




Promulgación: 13/12/1955
Publicación: 21/12/1955
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1955
  •    Página: 1198

Artículo 3

   Quedan exceptuados de lo dispuesto en el artículo 1°, los puestos de 
venta de flores instalados en los espacios públicos, frente a los cementerios y en las ferias.
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