CAPITULO VII
ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO SECCION V
DISPOSICIONES REFERENTES A LOS DISTINTOS SERVICIOS
Artículo 160
A partir de la fecha de vigencia de las nuevas asignaciones que por
esta ley se determinan, los funcionarios técnicos y administrativos con
jerarquía igual o superior a la Categoría E, Grado 18, cumplirán un
horario de 6 (seis) horas como mínimo, excepto los días sábados que será
de 4 (cuatro) horas.