PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1957




Promulgación: 31/01/1957
Publicación: 02/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
CONSEJO NACIONAL DE ENSEÑANZA PRIMARIA Y NORMAL
SECCION IV ORGANISMOS DOCENTES

Artículo 74

   Suprímese el inciso final del artículo 10 de la ley N° 11.285, de 2 de 
julio de 1949, estableciendo en su lugar que en las promociones futuras
de ayudantes y de ex-ayudantes, cualquiera fuere la antigüedad en esos 
cargos, ella se computará a razón de 1 (un) año por cada uno de 
servicios.
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