PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1957




Promulgación: 31/01/1957
Publicación: 02/02/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 138
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV
UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA
SECCION IV ORGANISMOS DOCENTES

Artículo 95

   Dentro de los 90 (noventa) días a partir de la fecha de promulgación 
de esta ley, el Consejo Directivo dispondrá lo necesario para la 
integración de las Comisiones Asesoras, aplicando, en lo que respecta a 
la elección de sus Miembros, las disposiciones sobre elección de 
delegados ante los Consejos de Facultad, en lo que sea pertinente.
Ayuda