EMISION DE TITULOS HIPOTECARIOS. BHU




Promulgación: 06/09/1957
Publicación: 16/09/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 929

Artículo 3

   Queda autorizado el Banco Hipotecario para emitir cautelas 
provisionales sustitutivas de los títulos hipotecarios cuya emisión se 
dispone. Esas cautelas serán reemplazadas por los títulos definitivos una
vez que éstos sean recibidos del establecimiento impresor y serán 
extinguidas después de su canje, con las formalidades de práctica.
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