CREACION DE LAS COMISIONES DE BOLSA DE TRABAJO DE ESTIBA




Promulgación: 12/12/1957
Publicación: 30/12/1957
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1395
Referencias a toda la norma

Artículo 29

   Las Empresas que infrinjen las disposiciones de la presente ley, 
serán sancionadas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la 
ley N° 10562, de fecha 12 de diciembre de 1944.
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