Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay a abrir un
crédito denominado "Ministerio de Relaciones Exteriores. Orden Comisión
Nacional de Turismo" hasta la suma de $ 6:000.000.00 (seis millones de
pesos), con garantía de caución de los $ 10:000.0000.00 (diez millones de
pesos) v/n., en los títulos o cautelas mencionados en el artículo 1.o.