TURISMO. PROMOCION DE TEMPORADA VERANIEGA 1957/58. CREACION DE RECURSOS




Promulgación: 19/12/1957
Publicación: 17/01/1958
Publicada anteriormente: 11/01/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1443
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay a abrir un 
crédito denominado "Ministerio de Relaciones Exteriores. Orden Comisión 
Nacional de Turismo" hasta la suma de $ 6:000.000.00 (seis millones de 
pesos), con garantía de caución de los $ 10:000.0000.00 (diez millones de 
pesos) v/n., en los títulos o cautelas mencionados en el artículo 1.o.
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