Ver vigencia: Ley Nº 12.803 de 30/11/1960 artículo 170.
Artículo 13
Refuérzase, a partir del Ejercicio 1958, las asignaciones del Item 16,
Consejo Nacional de Enseñanza Secundaria, en las siguientes cantidades:
$
Rubro I Retribuciones del Personal Docente 3:311.203.50
Rubro III Gastos ........................... 500.000.00