Ver vigencia: Ley Nº 12.803 de 30/11/1960 artículo 170.
MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 39
Incorpóranse al planillado respectivo los cargos resultantes de los
ascensos fuera de cuadros autorizados por la ley N.o 12.268, de 11 de
enero de 1956, a los que corresponderá, además, el pago de las
compensaciones establecidas para el personal similar. Los cargos
referidos se suprimirán al vacar.