DESOCUPACION OBRERA. CAJA DE COMPENSACIONES PARA TRABAJADORES DE BARRACAS DE LANAS CUEROS Y SIMILARES. CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION EN LA INDUSTRIA FRIGORIFICA




Promulgación: 26/12/1957
Publicación: 07/01/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1478
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Derógase el artículo 5.o de la ley de 30 de noviembre de 1957, que
creó recursos para A.F.E., en cuanto grava las bebidas sin alcohol,
envasadas, inclusive las maltas, aguas minerales y tónicas, gaseosas y
sodas.
Referencias al artículo
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