SE INSTITUYEN LAS CAJAS DE COMPENSACIONES Y ASIGNACIONES FAMILIARES




Promulgación: 26/12/1957
Publicación: 07/01/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1957
  •    Página: 1482

Artículo 4

   A los efectos de la fijación del porcentaje determinado en el artículo 
1.o, las Cajas del Interior establecerán previamente los recursos a que 
hacen referencia el artículo 5.o de esta ley y el artículo 39 de la ley N.o 11.618 de 20 de octubre de 1950.
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