(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 12.431 de 30/11/1957 artículo 3. Ver: Ley Nº 13.420 de 02/12/1965 artículo 36 (deroga Impuesto sobre los Promedios Mensuales de los Saldos Acreedores).
LEZAMA - J. FLORENTINO GUIMARAENS - AMILCAR VASCONCELLOSAyuda