REGIMEN DE LICENCIA ANUAL REGLAMENTARIA. TRABAJADORES RURALES, DE LA INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPRESAS PRIVADAS DE SERVICIOS PUBLICOS




Promulgación: 02/01/1958
Publicación: 13/01/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1958
  •    Página: 12

Artículo 5

   Esta ley entrará en vigencia el 1° de enero de 1958.
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