Ley N° 12491
AUMENTO DE CAPITAL. BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
Promulgación: 09/01/1958
Publicación: 28/01/1958
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1958
- Página: 23
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Ley Nº 9.808 de 02/01/1939 artículo
23.
(*)
(*)Notas:
Derogado/s por: Ley Nº 12.670 de 17/12/1959 artículo 11.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 12.491 de 09/01/1958 artículo 2.
Deróganse las disposiciones que se opongan a la presente ley.
Comuníquese, etc.
LEZAMA - AMILCAR VASCONCELLOS
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