Los $ 350.000.00 (trescientos cincuenta mil pesos) restantes, valor
nominal, serán distribuidos entre entidades deportivas locales de la siguiente manera: pesos 170.000.00 (ciento setenta mil pesos) para el
Club Remeros de Mercedes; $ 85.000.00 (ochenta y cinco mil pesos) para el
Club Atlético Praga; $ 55.000.00 (cincuenta y cinco mil pesos) para el
Club Atlético Independiente; $ 20.000.00 (veinte mil pesos) para el Club
Atlético Peñarol y $ 20.000.00 (veinte mil pesos) para el Club Sandú Chico.
Dichas instituciones deberán invertir íntegramente los recursos que la
presente ley les acuerda en obras de mejoramiento o ampliación,
realizadas o a realizar, en sus respectivos campos deportivos o sedes sociales.
El contralor de esta disposición estará a cargo del Concejo Departamental de Soriano ante el que se rendirá cuenta de las inversiones
hechas.