AMPLIACION DE DEUDA DESTINADA A CONMEMORACION DEL PRIMER CENTENARIO DE DECLARATORIA DE CIUDAD Y CAPITAL A MERCEDES. DEPARTAMENTO DE SORIANO




Promulgación: 09/10/1958
Publicación: 11/11/1958
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1958
  •    Página: 1093
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Los $ 350.000.00 (trescientos cincuenta mil pesos) restantes, valor
nominal, serán distribuidos entre entidades deportivas locales de la siguiente manera: pesos 170.000.00 (ciento setenta mil pesos) para el
Club Remeros de Mercedes; $ 85.000.00 (ochenta y cinco mil pesos) para el
Club Atlético Praga; $ 55.000.00 (cincuenta y cinco mil pesos) para el 
Club Atlético Independiente; $ 20.000.00 (veinte mil pesos) para el Club
Atlético Peñarol y $ 20.000.00 (veinte mil pesos) para el Club Sandú Chico.
   Dichas instituciones deberán invertir íntegramente los recursos que la
presente ley les acuerda en obras de mejoramiento o ampliación,
realizadas o a realizar, en sus respectivos campos deportivos o sedes sociales.
   El contralor de esta disposición estará a cargo del Concejo Departamental de Soriano ante el que se rendirá cuenta de las inversiones
hechas.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 20/11/1958.
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