Autorízase a la Comisión Nacional de Turismo para disponer del saldo
del crédito que por la suma de $ 6:000.000.00 (seis millones de pesos),
el Banco de la República quedó facultado para abrir a favor de aquélla,
atento a lo preceptuado por el artículo 3.o de la ley N.o 12.476, de 19
de diciembre de 1957.
FISCHER - OSCAR SECCO ELLAURI - AMILCAR VASCONCELLOS