PENSIONES MILITARES. SE FIJAN PARA CAUSAHABIENTES DE JEFES Y OFICIALES




Promulgación: 30/12/1958
Publicación: 14/01/1959
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1958
  •    Página: 1472

Artículo 2

   Fíjase la pensión generada por el Teniente 1° Braulio E. Duarte, en la
cantidad de $ 279.06 (doscientos setenta y nueve pesos con seis centésimos) mensuales, regulada sobre veintidos años de servicios y el 
sueldo del grado de Capitán, establecido por la ley N° 11.923, de 27 de 
marzo de 1953.
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