Fíjase la pensión generada por el Teniente 1° Braulio E. Duarte, en la
cantidad de $ 279.06 (doscientos setenta y nueve pesos con seis centésimos) mensuales, regulada sobre veintidos años de servicios y el
sueldo del grado de Capitán, establecido por la ley N° 11.923, de 27 de
marzo de 1953.