AUTORIZACION PARA CONCEDER PRESTAMO POR CAJA DE COMPENSACION Nº 35, A TRABAJADORES DE EMPRESA DE CALZADOS ELENA HNOS




Promulgación: 08/10/1959
Publicación: 30/10/1959
Publicada anteriormente: 21/10/1959
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1959
  •    Página: 1012

Artículo 2

   El Consejo Central de Asignaciones Familiares podrá contratar con el
Banco de la República Oriental del Uruguay, un préstamo por el importe
que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, cuyo
interés no será superior al 6 1/4%.
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