PRESTAMOS PARA LOS TRABAJADORES DE FUNSA




Promulgación: 24/11/1959
Publicación: 07/12/1959
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1959
  •    Página: 1257

Artículo 4

   Los trabajadores que deseen utilizar el préstamo deberán amortizarlo a 
razón de un jornal mensual.
   La cuota de amortización e intereses será retenida por la empresa F.U.N.S.A. y vertida junto con los aportes que impone la ley N° 11.618, 
de 20 de octubre de 1950, en la Tesorería de la Caja de Compensaciones número 31.

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