Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar la unificación de los
títulos de Deuda Nacional Interna en circulación, en una o más series,
manteniendo el 5% (cinco por ciento) de interés anual y fijando la
amortización en el 1% (uno por ciento) anual acumulativo a la nueva emisión de títulos de Deuda Interna, que se aplicará preferentemente por
compra en Bolsa o por licitación, cuando los títulos se coticen debajo de
la par y por sorteo, cuando ese valor sea igual o superior a la par.
ECHEGOYEN - JUAN EDUARDO AZZINI - PEDRO P BERRO - HOMERO MARTÍNEZ MONTERO
- CIPRIANO OLIVERA - ENRIQUE R ERRO - EDUARDO A PONS - LUIS GIANNATTASIO
- CARLOS STAJANO - CARLOS V PUIG