AUTORIZACION DE PRESTAMOS BANCARIOS PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 05/05/1960
Publicación: 17/05/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1960
  •    Página: 497
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   A los efectos del reintegro que dispone el artículo anterior y del
correspondiente a Rentas Generales, se retendrá a los funcionarios a 
quienes se hubiera hecho ese préstamo, una vez aprobado el Presupuesto 
General, el importe correspondiente. Los organismos que atienden sus 
presupuestos con recursos propios, reintegrarán a Rentas Generales los 
importes que correspondan.
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