TITULO IV - CREACION DEL FONDO DE REGULARIZACION DE LAS PASIVIDADES CREACION DEL FONDO
Artículo 148
Créase el Fondo de Regularización de las Pasividades servidas por las
Cajas de Jubilaciones y Pensiones Civiles y Escolares, de la Industria y Comercio y de Trabajadores Rurales y Domésticos y de Pensiones a la Vejez, con los recursos previstos en el artículo siguiente: