TITULO II - CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES Y ESCOLARES CAPITULO VII DE LOS TESTIMONIOS DE LA CAJA
Artículo 84
Los testimonios de las actuaciones de la Caja relativas al
cumplimiento de sus leyes, decretos y resoluciones debidamente asentados
en actas, constituyen a su favor, títulos ejecutivos sobre las rentas y
frutos de los deudores.