El régimen que se establezca de acuerdo con este plan empezará a
aplicarse a partir de la vigencia de la presente ley y si al finalizar el
ejercicio, resultaren excedentes, en algunos o en todos los rubros, se
podrán invertir en los rubros ya previstos hasta la aprobación del
programa para el próximo ejercicio, pudiéndose girar contra ellos
mientras hubiere disponibilidades.