IMPORTACION DE PAPEL. CONSEJO NACIONAL DE SUBSISTENCIAS Y CONTRALOR DE PRECIOS




Promulgación: 24/11/1960
Publicación: 07/12/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1960
  •    Página: 1200
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   El Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios, 
procederá dentro de los diez días siguientes a la promulgación de esta 
ley, a la importación de papel de rayas de agua y tinta destinados a la 
impresión de la prensa diaria del interior y la prensa periódica de todo el país y a venderlos, al costo más los gastos de trámite, a los 
interesados. 
   La venta será al contado.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.

NARDONE - ANGEL M. GIANOLA - JUAN EDUARDO AZZINI
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