Indice de la Norma
CAPITULO VI - DE LOS SUELDOS PROGRESIVOS
Establécese el régimen de sueldos progresivos, sujetos a montepío y con reconocimiento a los efectos jubilatorios, para los funcionarios incluidos en las planillas del Presupuesto General de Sueldos, según sus respectivos escalafones.
(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961.