REESTRUCTURACION DEL PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS Y GASTOS




Promulgación: 30/11/1960
Publicación: 14/12/1960
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1960
  •    Página: 1233

Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DE LOS SUELDOS PROGRESIVOS

Artículo 32

   Para los escalafones del régimen A) el ingreso a una categoría 
superior, cualquiera sea el sueldo progresivo alcanzado, sólo podrá
hacerse por la vía de la promoción, siguiendo la escala jerárquica.

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