CAJA DE COMPENSACIONES POR DESOCUPACION EN LAS BARRACAS DE LANAS CUEROS Y AFINES. SE CREA SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA INTEGRAL




Promulgación: 13/07/1961
Publicación: 07/09/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1961
  •    Página: 788
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   La Caja de Compensaciones dispondrá de un 3 % (tres por ciento) de los
ingresos establecidos en esta ley, a fin de atender los gastos de
administración de los servicios que se crean por la presente.
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