SEGURIDAD SOCIAL. SUELDO FICTO PATRONAL. REGIMEN JUBILATORIO




Promulgación: 24/10/1961
Publicación: 07/11/1961
Publicada anteriormente: 30/10/1961
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1961
  •    Página: 1149
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   Las obligaciones por el cómputo de servicios anteriores establecidos por los artículos 126 y 127 de la ley N° 12.761, de 23 de agosto de 1960,
no comprenden a las pasividades cuyos titulares tienen cese anterior al 
1° de setiembre de 1960.

Referencias al artículo
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